05/01/2012  
Se modifica el tipo de retención en los arrendamientos de locales.

 

        Desde el 1 de enero de 2012, el tipo de retención aplicable a los ingresos procedentes del arrendamiento de locales pasa a ser, con carácter general, el 21% (hasta el 2011, el tipo de retención era del 19%).

        Por lo tanto, si Usted tiene alquilado un local, a la cantidad pactada como renta deberá descontarle el 21% para, posteriormente, ingresarlo en Hacienda trimestralmente (modelo 115).

* Ejemplo:

Renta pactada en el contrato de arrendamiento: 600,00 €

Cantidad a retener (21%): -126,00 €

Importe a pagar al arrendador mensualmente: 474,00 €

Importe a ingresar en Hacienda trimestralmente (modelo 115): 378,00 €

 

 

        Si tuviera alguna duda, rogamos se ponga en contacto con nosotros.